Reduce Tu Retención del 10% al 6% en Servicios Profesionales
Muchos trabajadores por cuenta propia y dueños de negocios nos consultan sobre el relevo de retención, porque encuentran muy alta la retención del 10% que les descuentan sobre los pagos por servicios profesionales, luego de los primeros $500 en el año. La buena noticia es que puedes reducirla al 6% si cumples con ciertos requisitos. En esta guía te explicamos cómo.
La contribución opcional permite a quienes prestan servicios tributar a una tasa fija de 6% sobre su ingreso bruto, siempre que ese ingreso no exceda de $100,000 al año. Aplica tanto a individuos como a corporaciones que se dedican principalmente a la prestación de servicios.
Ten en cuenta que el ingreso bruto es todo lo que facturas, sin considerar gastos ni deducciones. El Departamento de Hacienda estableció, mediante carta circular, las reglas para solicitar a tu pagador o cliente que te retenga el 6% en lugar del 10%.
Tres Criterios para Reducir la Retención del 10% al 6%
Para acogerte a la contribución opcional del 6%, debes cumplir con estos tres criterios:
- Estar registrado en SURI y tener tu Registro de Comerciante. Si aún no lo tienes, aquí te explicamos cómo hacer tu registro en SURI y cómo sacar tu Certificado de Registro de Comerciante.
- Que tus ingresos provengan sustancialmente de la prestación de servicios, es decir, que la mayor parte de tu ingreso (generalmente más del 80%) provenga de esa actividad.
- Que tu ingreso bruto sea de $100,000 o menos en el año.
Presentar una Declaración Jurada ante Notario
Si cumples con los tres criterios anteriores, deberás presentar a cada uno de tus clientes una declaración jurada ante notario que certifique lo siguiente:
- Tu información personal: nombre completo, número de Seguro Social, dirección y número de Registro de Comerciante.
- El origen de tus ingresos: que eres un individuo que trabaja por cuenta propia y que tus ingresos provienen sustancialmente de la prestación de servicios.
- Tu proyección de ingresos: que el total de tu ingreso bruto del año se reportará en una declaración informativa, que está sujeto a la retención en el origen, y que tu proyección para el año corriente no excederá de $100,000, razón por la cual optas por la contribución opcional del 6%.
- Tu solicitud expresa: que solicitas a cada cliente que te retenga el 6% en lugar del 10%.
Es importante saber que, una vez haces esta elección, quedas obligado a tributar bajo dicho régimen para ese año.
¿Y Si No Presento la Declaración Jurada?
Si cualificas para la contribución opcional pero decides no someter la declaración jurada a tus clientes, se te seguirá reteniendo el 10%. Sin embargo, no pierdes el beneficio: al momento de rendir tu planilla, aún podrás optar por la contribución opcional del 6% y reclamar el crédito por el exceso retenido. La diferencia es que, con la declaración jurada, mejoras tu flujo de efectivo durante el año en lugar de esperar hasta la planilla.
Otra Opción: El Certificado de Relevo de Retención
La contribución opcional del 6% no es la única vía para reducir tu retención. Dependiendo de tu perfil, también podrías cualificar para un Certificado de Relevo de Retención, que Hacienda puede emitir de forma parcial o total a través de SURI (incluso de manera automática en algunos casos). Conoce cómo funciona en nuestra guía sobre cómo sacar el certificado de relevo de retención en SURI.
Recuerda también que toda esta retención se reporta en las declaraciones informativas. Para el panorama completo, revisa cómo cumplir con Hacienda y las Formas 480.
Esta guía es de carácter informativo. Los parámetros contributivos y las reglas de la contribución opcional pueden cambiar; verifica siempre en hacienda.pr.gov o consulta con tu CPA antes de tomar una decisión.
Preguntas Frecuentes
¿Qué es la contribución opcional del 6%?
Es un régimen que permite a quienes prestan servicios profesionales tributar a una tasa fija de 6% sobre su ingreso bruto, siempre que este no exceda de $100,000 al año, en lugar de la retención estándar del 10%.
¿Cuáles son los requisitos para reducir la retención al 6%?
Debes estar registrado en SURI con tu Registro de Comerciante, que tus ingresos provengan sustancialmente de la prestación de servicios (generalmente más del 80%), y que tu ingreso bruto no exceda de $100,000 en el año.
¿Cómo le solicito a mi cliente que me retenga el 6%?
Debes presentarle una declaración jurada ante notario que certifique tu información personal, el origen de tus ingresos, tu proyección de ingresos menor a $100,000 y tu solicitud expresa de que te retenga el 6% en lugar del 10%.
¿Qué pasa si no presento la declaración jurada?
Se te seguirá reteniendo el 10%, pero al rendir tu planilla podrás optar por la contribución opcional del 6% y reclamar el exceso. La declaración jurada solo adelanta ese beneficio a tu flujo de efectivo durante el año.
¿La contribución opcional es la única forma de reducir la retención?
No. También puedes cualificar para un Certificado de Relevo de Retención, que Hacienda emite de forma parcial o total a través de SURI según tu perfil.
