Ayuda a personas mayores de 60 años afectadas por un huracán
Si tienes mas de 60 años y fuiste afectado por un desastre natural, tienes derecho a solicitar y reclamar las ayudas que FEMA coloca a tu disposición.
En el presente post te enseñaré todo lo que tienes que saber acerca de las ayudas que el FEMA tiene para las personas mayores de 60 años que han sido afectadas por un Huracán.
Tienes derecho a solicitar ayuda para tu casa o para ti mismo. Sin su permiso, alguien está vulnerando sus derechos si presenta la solicitud en su nombre. Tenga siempre presente que utilizar el número de la Seguridad Social de otra persona para solicitar ayuda de la FEMA puede considerarse explotación financiera mediante fraude.
Como mayor de 60 años, ¿Qué derechos tengo?
Como mayor de 60 años afectado por un huracán tienes los siguientes derechos:
- Hacer uso de su derecho a solicitar ayuda tras la catástrofe y a manejar su dinero y sus bienes como mejor les parezca. un ambiente tranquilo y respetuoso en el que se satisfagan sus necesidades fundamentales.
- Recibir la atención médica que necesitan.
- Ser consultados, oídos y escuchados en todas las decisiones que les afecten.
- Poder utilizar los servicios y ventajas del gobierno.
¿Cuáles son mis derechos como persona de edad avanzada recluida en un hogar o centro de cuidado?
Como persona de edad avanzada recluida en un hogar o centro de cuidado, tienes los siguientes derechos:
- Cuando te cuides y recibas terapia, que te respeten y te den intimidad.
- Mantenerse alejado del maltrato, tanto físico como mental
- No estar desatendido
- Comer bien y contar con el apoyo de familiares cercanos
- Mantenerse en contacto con las personas de su elección, incluidas las organizaciones comunitarias.
Si sospecho que me han violado mis derechos, ¿Qué acciones puedo tomar?
Si sospechas que te han violado los derechos anteriormente mencionados, puedes tomar las siguientes acciones:
- Llame al Departamento de Familia o a la Oficina del Defensor de las Personas Mayores.
- Solicite una orden de protección al juzgado. Visite esta página para obtener más información sobre las órdenes de protección en relación con la Carta de Derechos de las Personas Mayores.
¿Quienes son las personas que pueden acudir a reclamar estos derechos ante los entes encargados?
Las siguientes personas pueden ir a reclamar estos derechos ante los entes encargados:
- La Persona de 60 años o más cuyos derechos hayan sido vulnerados.
- Tutor del individuo.
- Uno de los policías.
- Cualquier particular preocupado por su bienestar.
Si necesito alguna ayuda adicional, ¿A quién debo contactar?
Si necesitas alguna ayuda adicional puedes contactar a:
- Oficina del Procurador de Personas de Edad Avanzada (OPPEA): 787-721 -6121
- Departamento de la Familia: 787-977-8022
- Centro de Apoyo para Víctimas del Crimen (CAVIC): 787-763-3667
- Centro Integral de Ayuda a Víctimas (CIAV): 787-622-8800