Incentivos Para PyMEs de Emergencia

Cuando las condiciones de emergencia repercuten en las operaciones comerciales de las pequeñas y medianas empresas (PYME), el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC) de Puerto Rico se encarga de ayudar a estas industrias, especialmente a las pequeñas y medianas empresas (PYME), a recuperarse.

Tras el paso del huracán Fiona, Manuel Cidre Miranda, Secretario del DDEC, emitió una orden administrativa para apoyar a las empresas con raíces en Puerto Rico, especialmente las PYME, en caso de pérdidas relacionadas con el huracán.

El Programa de Recuperación Económica ayudaría a la comunidad empresarial de Puerto Rico y el Secretario autorizó su formación mediante la Orden Administrativa Núm. 2022-010, asignando dos millones de dólares ($2,000,000.00) del Fondo de Incentivos Económicos (FIE) de la Ley Núm. 60-2019, Código de Incentivos de Puerto Rico. Esto debido a que la Orden Administrativa declara que «…el DDEC tiene la responsabilidad ineludible de ayudar a los comerciantes perjudicados por el paso del huracán Fiona, como agencia gubernamental responsable de promover y ejecutar la política pública de desarrollo económico en Puerto Rico.»

Para las PYMES, habrá incentivos financieros separados para resolver la situación. Estos fondos se utilizarán para cosas como: la compra de sistemas de paneles solares o generadores de electricidad; la adquisición o reparación de equipos dañados por la emergencia; la reducción de pérdidas de materias primas; la reparación de daños estructurales; la subvención de costes operativos (agua, electricidad, alquiler y nóminas); y garantías de préstamos.

Las actividades que pueden emplear incentivos incluyen:

  • Ayudas económicas de hasta veinticinco mil dólares (25.000,00 $) para la adquisición de sistemas de paneles solares o generadores de energía.
  • Ayudas económicas para la compra o reparación de equipos dañados por emergencias hasta un total de cincuenta mil dólares ($50.000,00).
  • Incentivos económicos hasta un máximo de diez mil dólares ($10.000,00) para adquirir o reducir la pérdida de materias primas.
  • Incentivos económicos hasta un máximo de cinco mil dólares ($5,000.00) como contribución o reembolso oportuno de préstamos de emergencia otorgados por el Banco de Desarrollo Económico para apoyar la continuación de actividades comerciales
  • Incentivos económicos para subsidiar el cincuenta por ciento (50%) de los costos operativos durante un (1) mes, hasta un máximo de diez mil dólares ($10,000.00). Única y exclusivamente se considerarán «gastos de funcionamiento», a los efectos de este apartado, los siguientes conceptos: nóminas, agua, electricidad y alquiler.
  • Incentivos económicos para la reparación de daños estructurales causados por el evento atmosférico, hasta un máximo de cincuenta mil dólares ($50,000.00).

Procedimientos de solicitud y presentación de documentos

La empresa tiene tres opciones para solicitar incentivos financieros:

  • Cumplimentar los formularios y cargar la documentación justificativa en el sitio web del DDEC (refuerzoeconomico.ddec.pr.gov);
  • Enviar la solicitud y los justificantes a emergencia@ddec.pr.gov;
  • Si no puede presentar la solicitud en línea, puede ir al Centro Único de Servicios del DDEC y uno de los respectivos socios le ayudará.

Solicitud de documentación sobre incentivos:

  1. El formulario de incentivos puede cumplimentarse en línea en refuerzoeconomico.ddec.pr.gov, o puede obtener una copia enviando un correo electrónico a emergencia@ddec.pr.gov.
  2. Aseguramiento de la Declaración de la Renta presentando las declaraciones de la renta de los cinco (5) años anteriores al año en que se desea formalizar el contrato incentivado (Formulario SC-2888). Por cualquiera de los motivos enumerados en el Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 1994, el Proponente deberá presentar una declaración de la renta correspondiente a la totalidad o a una parte del período de cinco (5) años; de lo contrario, deberá presentar una declaración jurada en la que se expongan dichos motivos.
  3. Certificación de no deuda del Ministerio de Hacienda En caso de que exista una deuda tributaria, la empresa solicitante se compromete a saldarla deduciendo el importe de los pagos a los que tenga derecho en virtud del contrato de incentivo o aportando documentación sobre el plan de pago acordado.
  4. Certificación de No Deuda para el Pago del Seguro de Desempleo, Incapacidad Temporal y Seguridad Social, en su caso, del Departamento de Trabajo y Recursos Humanos.
  5. Certificación de no deuda de la Corporación del Fondo de Seguros del Estado.
  6. El Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) ha certificado que no existe deuda por concepto de propiedad mueble o inmueble.
  7. En el caso de empresas individuales, certificación de no adeudo de la Administración para el Sustento de Menores (ASUME).
  8. Enviar justificante del cumplimiento del Plan de Pagos acordado si tiene deudas en revisión. No se incluyen las revisiones de la Administración.
  9. Certificado de constitución de la empresa.
  10. Certificado de vigencia.
  11. Resolución social validando o aprobando la firma del representante en el contrato.

Las PYME que pueden optar a este incentivo son

Se considera que una empresa es una PYME a efectos de este incentivo si sus ventas anuales medias durante los tres (3) ejercicios fiscales anteriores al Ejercicio Fiscal en curso fueron de 1.500.000 $ o menos.

Fecha de lanzamiento del incentivo:

A partir del 20 de septiembre de 2022, se aceptarán solicitudes a través del sitio DDEC.

Sujeto a la disponibilidad de fondos, el sitio estará activo y aceptando presentaciones.

Consultas y respuestas:

Formas de solicitud.

La empresa puede solicitar los incentivos financieros de tres maneras:

  • Cumplimentando los formularios y cargando la documentación justificativa en el sitio web del DDEC (refuerzoeconomico.ddec.pr.gov);
  • Presentando la solicitud y los justificantes en emergencia@ddec.pr.gov;
  • Acudiendo a las oficinas del CUS en el DDEC para recibir ayuda con la cumplimentación de formularios y la presentación de documentos.

¿Cómo disipar dudas?

  • Llame al 787-758-4747 exts. 3378, 5110, 5111, o 5112 de lunes a viernes de 8:00 am a 4:30 pm para consultas o asistencia.

Deja Tu Comentario